De obligacion conocida a control digital reforzado
El registro de jornada no es una novedad en Espana. El Real Decreto-ley 8/2019 modifico el articulo 34 del Estatuto de los Trabajadores e impuso a todas las empresas la obligacion de llevar un registro diario de la jornada de cada persona trabajadora, con conservacion durante cuatro anos. Lo que cambia en 2026 no es la existencia de la obligacion, sino su forma: el Ministerio de Trabajo prepara un nuevo Real Decreto que convierte el fichaje digital en la unica opcion valida y deja fuera el papel y las hojas de Excel.
El recorrido normativo lo confirma. El Consejo de Ministros aprobo el 30 de septiembre de 2025 la tramitacion urgente de un texto especifico sobre control horario digital, el Consejo de Estado emitio su dictamen sobre el proyecto en marzo de 2026, y la previsa es que la norma se apruebe antes del verano de 2026. Al tratarse de un desarrollo reglamentario y no de una modificacion legal, no necesita pasar por el Congreso, lo que acelera su entrada en vigor.
Que exige el nuevo modelo de registro
El nuevo marco da un salto cualitativo respecto al registro de 2019. La norma prohibe expresamente el registro en papel y en Excel, y exige un sistema digital que produzca registros inalterables. Es decir, ya no basta con anotar las horas: hay que garantizar que el dato no pueda modificarse despues sin dejar rastro. A esto se anade un requisito que afecta de lleno a la organizacion documental de la empresa: la Inspeccion de Trabajo y Seguridad Social debera poder acceder a los registros en remoto, sin necesidad de personarse en el centro de trabajo.
Este acceso remoto cambia la logica del cumplimiento. Hasta ahora, muchas empresas confiaban en poder ordenar la documentacion en el momento de una visita. Con el acceso telematico, el registro debe estar permanentemente disponible, completo y coherente, porque la Inspeccion puede consultarlo en cualquier momento y desde su propia sede. La trazabilidad deja de ser algo que se demuestra puntualmente y pasa a ser un estado continuo.
La conservacion durante cuatro anos sigue siendo el nucleo
La obligacion de conservar los registros durante cuatro anos se mantiene como columna vertebral del sistema. Durante ese periodo, los registros deben permanecer a disposicion de las personas trabajadoras, de sus representantes legales y de la Inspeccion de Trabajo. El registro debe ser fiable, objetivo y accesible, y la empresa debe disponer de un protocolo propio que documente como se realiza el fichaje y como se custodian los datos.
Aqui aparece una tension que conviene anticipar. Un sistema que solo registra entradas y salidas no es suficiente si no garantiza al mismo tiempo la inalterabilidad y la disponibilidad durante esos cuatro anos. Conservar cuatro anos de registros digitales inalterables, con marca temporal y trazabilidad de cualquier correccion, exige una gestion documental ordenada, no una simple acumulacion de archivos.
Sanciones que ahora se cuentan por trabajador
El endurecimiento sancionador es uno de los cambios mas relevantes. La nueva norma plantea que las infracciones por incumplimiento del registro de jornada se calculen por persona trabajadora afectada, y eleva las multas hasta 10.000 euros por trabajador. El efecto multiplicador es evidente: lo que antes podia ser una sancion unica por empresa puede convertirse en una cifra muy superior en plantillas de cierto tamano.
Este enfoque por trabajador transforma el calculo de riesgo. Una pequena empresa con una decena de empleados se expone potencialmente a sanciones acumuladas que multiplican el importe individual. La mera existencia de un registro deja de ser una garantia: si el sistema no es digital, no es inalterable o no es accesible para la Inspeccion, cada trabajador afectado puede sumar a la cuantia total.
Por que el papel y el Excel dejan de servir
La prohibicion del papel y del Excel no es un capricho administrativo. Una hoja de calculo puede editarse sin dejar rastro, no garantiza la integridad del dato y no permite un acceso remoto fiable. El papel, por su parte, es incompatible con la consulta telematica de la Inspeccion. Por eso el nuevo modelo se apoya en sistemas digitales que aseguren la inalterabilidad del registro y conserven la huella de cualquier modificacion.
Para la empresa, el reto no es solo fichar de forma digital, sino conservar esos registros de manera ordenada y demostrable durante cuatro anos, con capacidad de mostrarlos de inmediato ante una consulta remota. La gestion del control horario se aproxima asi a la logica del archivo probatorio: el dato debe poder presentarse intacto, completo y en cualquier momento.
Como prepararse antes de la entrada en vigor
Una vez publicado en el Boletin Oficial del Estado, el nuevo Real Decreto entrara en vigor tras el periodo legal habitual de veinte dias. El margen para adaptarse es por tanto corto. La preparacion practica pasa por abandonar cualquier registro en papel o en Excel, implantar un sistema digital que genere registros inalterables con marca temporal, garantizar el acceso remoto para la Inspeccion y documentar todo el proceso en un protocolo interno. Conviene tambien revisar que la conservacion durante cuatro anos esta efectivamente asegurada y que los registros antiguos no se eliminan antes de tiempo. Anticipar estos pasos evita que la entrada en vigor sorprenda a la empresa con un sistema que ya no cumple.
